CAUSA LXXXIIE
Bancalarí Hnos, contra el capitan de la barra Angela Madre:
sobre falta de cumplimiento de rontrato y cobro de multa.
Sumario. — Hecho un contrato de fletamento para recibir carga á la brevedad posible, y escusándose el capitan de hacerlo por el estado de innavegabilidad del buque, ni ofreciéndose por este otro buque en tiempo y en igualdad de condiciones, vxiste violacion de contrato, y procede la aplicacion de la multa convenida como garantía de su ejecucion, Caso. —- En 17 de Setiembre de 1886 se presentó 1). Cárlos García Piñero, por los Sres. Bancalari Hnos, y espuso:
Que en 26 de Marzo de 1886 sus representados, por intermedio del agente marítimo D, Juan M, Canessa, celebraron con D.
J. M. Pelaghi, capitan de la barca Angela Madre, un contrato de flletamento para cargarla de maiz en bolsas, astas y cueros, no excediendo de lo que razonablemente pudiera cargar.
Que el cargamento debía tomarse en el puerto de San Nicolás ú ntre los de Villa Constitucion y Obligado.
Que en el contrato se consignó que el buque estaba seco,
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Año: 1889, CSJN Fallos: 36:343
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