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Fallos: 35:400 de la CSJN Argentina - Año: 1888

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cion de incompetencia, fundándose en que Bradley era vecino de la capital, y pidió se levantase el embargo, por ser nulo el decreto que lo ordenó.

Bradley opuso la misma escepcion, y pidió el alzamiento del embargo, por haber sido ordenado por juez incompetente, y no ser el caso del embargo preventivo.

Maffeis contestó la demanda, pidiendo su rech20 con costas.

Conferido traslado, Silva pidió el rechazo de la escepcion, fundándose en que Bradley era vecino de La Plata, ejerciendo ally la profesion de corredor on sociedad con Lory Storch, y siendo municipal de esa ciudad; y sostuvo que el embargo estaba bien dictado, citando el fallo de la Suprema Corte, tomo 14, série 2', página 189, Fallo del Juez Federal hi La Pinta, Abril 29 de 1887
Y vistos: con lo alegado en el incidente promovido pur D.
Pedro Lory Storch, á foja 40 y D, Tomás Bradley, ú foja 45, sobre incompetencia de jurisdiccion y nulidad del embargo preventivo. El primero se funda en que no es parte en este juicio y en que el señor Bradley no tiene la calidad necesaria para demandar 6 ser demandado ante este Juzgado, en razon de ser su residencia en la Capital Federal. El señor Bradley, por su parte, funda su escepcion en que formando los demandados una comunidad de tres personas, una sola de ellas estrangera (el señor Maffeis), por el artículo 10 de la Ley 14 de Setiembre de 1863, es necesario que todos los miembros de esa comunidad, para demandar ó ser demandados ante la Justicia Federal, sean estrangeros; que además, no es exacto que tenga su domicilio en esta ciudad, y sí, en la Capital Federal, donde tiene su familia. Ter

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Año: 1888, CSJN Fallos: 35:400 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-35/pagina-400

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