DAÑOS Y PERJUICIOS
La acción de daños iniciada contra una editorial y su editor responsable por los perjuicios ocasionados por la publicación de artículos periodísticos es improcedente, pues no se vislumbra una intromisión en la esfera de intimidad de los actores y de sus hijas de suficiente entidad para que deba prevalecer frente al interés público involucrado en la difusión de esos contenidos (Voto de los jueces Rosatti y Maqueda).
Del dictamen de la Procuración General al que el voto remite
DAÑOS Y PERJUICIOS
La acción de daños iniciada contra una editorial y su editor responsable por los perjuicios ocasionados por la publicación de artículos periodísticos es improcedente, pues la información propalada no excedió el legítimo interés social que ampara la libertad de expresión y justifica cierta intromisión en la vida privada, de modo tal que no se vislumbra la concurrencia de una conducta por la que los demandados deban responder Voto de los jueces Rosatti y Maqueda).
Del dictamen de la Procuración General al que el voto remite
DAÑOS Y PERJUICIOS
Corresponde rechazar la acción de daños iniciada contra una editorial y su editor responsable por los perjuicios ocasionados por la publicación de artículos periodísticos, pues del análisis completo de las notas periodísticas se advierte que, si bien la demandada en algunas oportunidades abandonó el discurso potencial, las dudas o sospechas sobre la intervención de la actora en los delitos investigados eran un reflejo de las que habría tenido el juez que intervenía en la causa (Voto de los jueces Rosenkranzt y Lorenzetti).
DAÑOS Y PERJUICIOS
La acción de daños iniciada contra una editorial y su editor responsable por los perjuicios ocasionados por la publicación de artículos periodísticos es improcedente, pues la existencia de datos objetivos que respaldaban el mantenimiento de la duda sobre la inocencia de la actora, sumado al hecho de que la editorial no ocultó la información que posteriormente
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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1649
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