GESTACION POR SUSTITUCION
Corresponde hacer lugar a la demanda de impugnación de filiación intentada para que otorgue una nueva partida de nacimiento del niño en la que los actores consten como padres, desplazándose a quien dio a luz del estado de madre, pues la solución contraria, en el marco de una práctica que no se encuentra prohibida por ley, tergiversaría la información esencial relativa a los vínculos jurídicos familiares que definen la identidad de la persona nacida a través del procedimiento de gestación por sustitución, vínculos que en el caso se vienen manteniendo transcurridos ya aproximadamente 9 años desde el nacimiento del niño (Disidencia del juez Maqueda).
GESTACION POR SUSTITUCION
Es procedente la demanda de impugnación de filiación intentada para que otorgue una nueva partida de nacimiento del niño en la que los actores consten como padres, desplazándose a quien dio a luz del estado de madre, pues lo contrario implicaría forzar a la demandada a asumir la maternidad y la consiguiente responsabilidad parental que de ello se deriva pese a que participó del proceso de gestación -permitido por ley- bajo la condición de no ser madre, imponiéndose en contra de una decisión difícilmente más central para la autonomía personal: la decisión de no ser madre, haciendo prevalecer el hecho de la gestación por encima de la voluntad negativa de la mujer gestante (Disidencia del juez Maqueda).
RECURSO EXTRAORDINARIO
El recurso extraordinario resulta admisible habida cuenta de que los agravios expresados se dirigen a cuestionar la interpretación y aplicación realizada por el a quo del art. 562 del Código Civil y Comercial de la Nación por ser violatoria del principio de legalidad y reserva y de derechos y garantías constitucionales tales como los derechos a la autonomía, el interés superior del niño, y la protección de la familia y la decisión ha sido contraria a las pretensiones de los recurrentes (Disidencia del juez Maqueda).
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Año: 2024, CSJN Fallos: 347:1539
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