imputado en lo que respecta a cualquier grado de participación que pudiera haber tenido en esos sucesos, corresponde —frente al conflicto de competencia suscitado- al juzgado que previno, ahondar la investigación en ese sentido.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
COMPETENCIA
Corresponde ala justicia nacional de instrucción la investigación en orden al delito de robo en grado de tentativa, en atención a su naturaleza común. 
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
COMPETENCIA
La realización de medidas instructorias con posterioridad al inicio de la contienda, importa asumir la competencia que le fuera atribuida y una declinatoria efectuada después, implica el inicio de un nuevo conflicto. 
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
COMPETENCIA
Los conflictos de competencia suscitados entre los magistrados nacionales ordinarios y los federales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde que sean resueltos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 
COMPETENCIA
El órgano legalmente facultado para dirimir la contienda de competencia entre un juzgado nacional en lo criminal y correccional y un juzgado nacional en lo criminal y correccional federal, con arreglo a lo previsto en el art. 24, inciso 7° del decreto-ley 1285/58, es la que reviste la calidad de tribunal de alzada del juez que primero conoció, por lo cual no corresponde la intervención de la Corte (Disidencia del juez Rosenkrantz). 
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Año: 2023, CSJN Fallos: 346:865 
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