DISIDENCIA DEL SEÑOR VICEPRESIDENTE Doctor Don CARLos
FERNANDO ROSENKRANTZ
Considerando:
Que las cuestiones planteadas han sido correctamente examinadas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos son compartidos por el suscripto y a los que corresponde remitirse por motivos de brevedad.
Por ello, de conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara admisible el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese y devuélvase.
CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ.
Recurso extraordinario interpuesto por la Dirección General de Aduanas, representada por el Dr. Rubén Melleretzky.
Traslado contestado por la actora, representada por el Dr. Enrique Gerardo Mezzena.
Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta.
Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal n" 1 de Jujuy.
SOSA, MARINA FABIANA s/ INCIDENTE DE INCOMPETENCIA
ESTUPEFACIENTES
Corresponde a la justicia federal entender en la causa donde se investiga la posible infracción a la ley 23.737, toda vez que de la investigación realizada podría inferirse que el hecho excedería la mera comercialización de estupefacientes al consumidor final.
Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-(°) ) Sentencia del 30 de agosto de 2022. Ver en https://sj.csin.gov.ar/homeSJ/.
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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:867
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