Por ello, se desestima la presentación de fs. 55/61 y estese a lo resuelto a fs. 51. Notifíquese.
ELENA I. HIGHTON DE NoLasco — RICARDO Luis LORENZETTI — HORACIO
ROSATTI.
Recurso de revocatoria interpuesto por Aero Sur S.A., representada por la Dra. Lucila Brom, con el patrocinio letrado del Dr. Alberto B. Bianchi.
H., A. O. s/ INFRACCIÓN LEY 23.737
MENORES
Es arbitraria la decisión que dispuso el llamado a prestar declaración indagatoria a un menor de 15 años de edad, toda vez que los fundamentos que la sostienen se apartan inequívocamente del régimen normativo aplicable a la solución del caso sometido a la jurisdicción del a quo, lo que implica su descalificación como acto jurisdiccional válido.
DECLARACION INDAGATORIA
La idea esbozada por el tribunal apelado y los magistrados de las instancias anteriores para fundamentar el llamado a prestar declaración indagatoria a un menor de 15 años, acerca de que, ante la concreta ejecución del acto objeto de impugnación, pudiese finalmente emerger alguna utilidad real para la situación del menor en orden a las relaciones de prelación entre las distintas causales legales que habilitan el dictado de un sobreseimiento, no implica otra cosa que una afirmación dogmática que nunca fue apoyada en circunstancias concretas de la causa, ni relacionada con algún motivo eximente en particular.
DECLARACION INDAGATORIA
Resulta incorrecto buscar una justificación del acto que dispuso el llamado a tomar declaración indagatoria a un menor de 15 años bajo
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:1509
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