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Fallos: 342:2370 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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te) y "occludere" (cerrar, cerrar con llave); proviene del latín tardío "reclúdere" que significa "encerrar" (Corominas, Joan, "Breve diccionario etimológico de la lengua castellana", Madrid, Editorial Gredos, 1961, págs. 484 y 160).

La voz "reclusión" ha sido utilizada para referenciar a) la entrada de una persona "en una orden monástica, sujeta a clausura"; b) el "aislamiento o retiro"; e) el "internamiento en manicomio"; y d) la "condena a una larga pena privativa de libertad con tal denominación, la más larga y severa en su clase..." (Osorio, Manuel, "Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales", 34° Edición Actualizada, Editorial Heliasta, pág. 808; ver, asimismo, Guillermo Cabanellas de las Cuevas, "Diccionario enciclopédico de derecho usual", Ed. Heliasta, 2008, 30° edición Tomo R-S, pág. 42, y Victorica, Ricardo, "Tercer diccionario de jurisprudencia", Buenos Aires: N. Rondinone, 1939, pág. 362).

De modo que, aclarado que la reclusión no solo involucra encerramiento por un mandato judicial, desde una perspectiva estrictamente jurídica "recluir" implica "encerrar a alguien en un sitio para privarle de libertad...", así como "retener, forzar a alguien a estar en un sitio sin salir de él" (Moliner, María. Diccionario de uso del español, Gredos: Madrid, 1994), remarcándose el carácter forzado (no voluntario) del encierro.

Así entendida, la reclusión no solo sería una especie dentro del género de las penas privativas de la libertad ambulatoria, sino que sería la más grave de ellas, superior a la prisión y al arresto (Alonso, Martín.

Enciclopedia del Idioma. Diccionario Histórico y Moderno de la Lengua Española, Tomo III, Aguilar: Madrid, 1958).

9) Que el encierro como sanción penal constituye una noción relativamente moderna. En la antigúedad se aplicaban otro tipo de castigos, como las penas corporales o la pena de muerte, mientras que se recurría a la privación de la libertad -mayormente- como medio para retener a las personas que iban a ser sancionadas y no como pena en sí misma. Durante la Edad Media, apareció el encierro como penitencia, para reflexionar en soledad, a fin de promover el arrepentimiento, la enmienda de los delincuentes y la salvación de sus almas.

El encierro como pena, y no como penitencia, aparece a fines del siglo XVI y comienzos del siglo XVII "De esta época datan las ca

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:2370 
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