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Fallos: 342:1066 de la CSJN Argentina - Año: 2019

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RAZONABILIDAD
Todo acto gubernamental que se traduzca en una limitación de las libertades económicas establecidas como derechos en el artículo 14 de la Constitución ha de ser, por la sola circunstancia de constituir una limitación, un acto razonable (Voto del juez Rosenkrantz).

RAZONABILIDAD
Para mantenerse dentro de los límites trazados por el artículo 28 de la Constitución, una limitación a las libertades económicas, cuanto menos, tiene que contar con alguna probabilidad de generar el efecto que se dice buscar (Voto del juez Rosenkrantz).

AUTONOMIA MUNICIPAL
Al encontrarse en juego bienes o servicios que hacen al bienestar de toda la población de la República, no corresponde actuar con tolerancia hacia medidas escasamente ponderadas por las autoridades municipales y que se revelan, al menor análisis, irrelevantes o contradictorias para la consecución de las finalidades que declaran perseguir (Voto del juez Rosenkrantz).

GOBIERNO FEDERAL
Los poderes de las provincias son originarios e indefinidos y los delegados a la Nación son definidos y expresos, pero dichas potestades provinciales no pueden enervar el ejercicio razonable de los poderes delegados al gobierno federal, so pena de convertir en ilusorios los propósitos y objetivos de dichas facultades que fincan en la necesidad de procurar eficazmente el bien común de la Nación toda, en el que necesariamente se encuentran engarzadas y del cual participan todas las provincias Voto de la jueza Highton de Nolasco).

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Año: 2019, CSJN Fallos: 342:1066 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-342/pagina-1066

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