2) La implementación de este sistema corresponderá a la Dirección Nacional de Tecnología del Consejo de la Magistratura y la Dirección de Sistemas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Todo lo cual dispusieron, ordenando que se comunique, publique en la página web del Tribunal, en el Boletín Oficial, en la página del CIJ y se registre en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. RI
CARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON DE NOLASCO
— JUAN CARLOS MAQUEDA - HORACIO DANIEL ROSATTI - CARLOS FERNANDO ROSENKRANTZ. Héctor Daniel Marchi (Secretario General de la Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).
CUERPO DE PERITOS CONTADORES OFICIALES DE LA
JUSTICIA NACIONAL. DESIGNACIÓN.
N° 40En Buenos Aires, a los 21 días del mes de diciembre de dos mil diecisiete, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON:
1- Que mediante resolución 871/2012, esta Corte llamó a concurso de antecedentes y oposición a fin de cubrir diez cargos de peritos contadores en el Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Justicia Nacional.
I[.- Que una vez llevado a cabo el concurso, catorce postulantes obtuvieron el puntaje requerido para acceder a los cargos, estableciéndose un orden de mérito que consta en el dictamen suscripto por los miembros de la Comisión Asesora.
III.- Que por acordada 20/2015, esta Corte designó en la categoría de Perito Contador del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la
Compartir
43Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 2017, CSJN Fallos: 340:2082
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-2082¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 340 Volumen: 2 en el número: 1112 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
