Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 340:2035 de la CSJN Argentina - Año: 2017

Anterior ... | Siguiente ...

a fin de constatar si el expediente fue creado y en su caso que información resulto registrada en la base de datos. Ello a fin de evitar la incorporación duplicada de un mismo ingreso.

En ningún caso, sin autorización previa de la Cámara o Tribunal interviniente, la Dirección General de Tecnología del Consejo de la Magistratura operará sobre el sistema a fin de agregar, suprimir o modificar información registrada por el usuario.

Acciones a seguir ante incidencias en los procesos de ingreso y asignación de causas:

Inconvenientes durante el Ingreso y Asignación de una causa nueva:

Este proceso debe culminar con el despliegue del resultado, indicando la carátula conformada y el Tribunal asignado por el método que corresponda al Fuero.

Si, caso contrario, por algún inconveniente del sistema, este proceso no se completa se deberá obrar de la siguiente manera:

Verificación del estado de la causa: Se debe acceder a la opción de consulta y realizar la búsqueda por las distintas opciones que aporta el sistema a fin de localizar el registro del expediente y verificar el estado de los datos.

Se deberá en primer lugar hacer una búsqueda por interviniente, ingresando el actor o el demandado, denunciante o denunciado, según la materia. Si no se encuentra la causa podrá buscarse por fecha de asignación, con la fecha del día, lo cual permitirá desplegar la totalidad de causas ingresadas hasta ese momento.

1. Búsqueda sin resultado Si el resultado de las búsquedas no es exitoso se deberá dejar constancia de dicha situación.

Luego de ello, se deberá proceder a realizar nuevamente el ingreso y asignación de la causa.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

108

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2017, CSJN Fallos: 340:2035 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-2035

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 340 Volumen: 2 en el número: 1065 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos