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Fallos: 340:2036 de la CSJN Argentina - Año: 2017

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2. Búsqueda con resultado En este caso puede haber distintos controles, a saber:

a. Expediente con número/año asignado, sin carátula conformada: En primer lugar se deben verificar los intervinientes, la integridad de su información y en su caso completarla. Luego, se debe seleccionar "Ordenar partes" para organizarlas como corresponda, lo cual generará la carátula que se desplegará en la parte superior.

b. Verificación de radicación de expedientes: Con el objeto de constatar si el expediente completó la asignación se deberá ingresar en la opción "Detalle", donde se desplegarán las radicaciones, si las tuviera.

Si el expediente no hubiera obtenido radicación, en razón del error producido, debe procederse a su asignación. Para ello, a través de la opción de Sorteo de Juzgado.

c. Emisión de carátula: Cumplido, se procederá a emitir el formulario carátula.

Si en cualquiera de estos pasos se repite un error que impida completar el proceso de asignación, se deberá contactar al área técnica a fin de que tome intervención y solucione el inconveniente.

B. Ingreso doble de una causa:

Si, ante un error de operación, se ingresa dos veces la misma causa y resultan asignadas a diferentes juzgados, se tomará en cuenta en todos los casos la que resulte del primer ingreso y se anulará el duplicado, acción que debe convalidar la dependencia que, conforme la reglamentación interna de la Cámara o Tribunal, resulte responsable mediante el trámite administrativo que estos hayan dispuesto.

El doble ingreso se evidencia al realizar una consulta en el sistema, que en el caso dará como resultado más de un expediente con identidad de materia, objeto de juicio, intervinientes, fojas, etc.

En algunos, casos según la parametrización dispuesta por la Cámara, esta situación puede ser detectada por la conexidad.

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Año: 2017, CSJN Fallos: 340:2036 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-340/pagina-2036

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Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 340 Volumen: 2 en el número: 1066 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

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