CAUSA CLXIII
Don Saturnino y Don Mariano Unzué contra Don José €. Soria; sobre interdicto.
Sumario. — El perturbador de la posesion está obligado ú desalojarla.
Caso.—Lo refiere el Fallo del Juez Federal .
Paraná, Julio 13 de 1887.
Y vistos; en el interdicto de retener la posesion deducido por Don Saturnino y Don Mariano Unzué contra Don José Soria.
Y considerando : Que de las declaraciones de los testigos : del Sell, foja 94; Dominga Faria, foja 95; Arteaga Beitea, foja 97, y Pomés, foja 99, resulta probado que el demandado hizo medir dos suertes de chacra en el distrito Tala, Departamento
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Año: 1888, CSJN Fallos: 34:374
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