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Fallos: 339:432 de la CSJN Argentina - Año: 2016

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GIMÉNEZ, MARIANO c/ PROVINCIA DE TUCUMÁN s/

EXPROPIACIÓN


SENTENCIAS INCOMPLETAS
En el caso de las sentencias incompletas la tutela de la Corte respecto de las cuestiones federales resueltas se obtiene, de subsistir el gravamen, mediante el recurso extraordinario contra la sentencia final de la causa.

SENTENCIAS INCOMPLETAS
Si el superior tribunal local solo resolvió el pleito parcialmente puesto que, después de descalificar el pronunciamiento que había reducido la indemnización por expropiación, procedió a deferir el juzgamiento de determinados aspectos de la controversia a los jueces que deben dictar el nuevo fallo, el recurrente promueve la revisión de una sentencia incompleta que no es susceptible de habilitar la jurisdicción extraordinaria que prevé el art. 14 de la ley 48.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de abril de 2016.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Giménez, Mariano c/ Provincia de Tucumán s/ expropiación", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

1") Quela Corte Suprema de Justicia de Tucumán, al hacer lugar al recurso interpuesto por la expropiada, dejó sin efecto la sentencia de cámara que había reducido la indemnización establecida en primera instancia en favor de dicha parte y, en consecuencia, reenvió la causa a la cámara para que se dictara un nuevo fallo. Contra este pronunciamiento, el representante de la provincia —expropiante en autos dedujo el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja.

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Año: 2016, CSJN Fallos: 339:432 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-339/pagina-432

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