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Fallos: 337:627 de la CSJN Argentina - Año: 2014

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tribunal de origen a fin de que por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Hágase saber y oportunamente, devuélvase.

RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA I. HIGHTON DE NoLasco — CARLos
S. FAYr — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQUEDA.
Recurso de hecho interpuesto por Mirtha Graciela Sisnero y otros, representados por la Dra. Natalia Buira, Defensora Oficial.

Tribunal de origen: Corte de Justicia de la Provincia de Salta.

Tribunal que intervino con anterioridad: Sala V de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO CUARTO c/
CORDOBA, PROVINCIA pE y OTRO s/ ACCION DECLARATIVA DE
INCONSTITUCIONALIDAD


LEGITIMACION ACTIVA
Cabe rechazar in limine la demanda promovida por la actora en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación a fin de obtener la declaración de inconstitucionalidad de varios artículos de la ley local 9814 -ordenamiento territorial de bosques nativos-, pues la legitimación para accionar que pretende arrogarse la Universidad en ejercicio de una atribución conferida por el art. 30 de la ley 25.675, recomposición del ambiente dañado- excede las facultades propias de esa entidad autónoma, dado que las razones públicas tiene un campo de actuación limitado por su especialidad.

BOSQUES
Cabe rechazar in limine la demanda promovida en los términos del art.

322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , por la Universidad Nacional de Río Cuarto contra la Provincia de Córdoba, a fin de obtener la declaración de inconstitucionalidad de varios artículos de la ley local 9814 -que aprueba el ordenamiento territorial de bosques nativos en la jurisdicción de la demandada-, pues la pretensión de la actora no

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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:627 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-337/pagina-627

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