afiliados a las AFJP El sector público, en definitiva, derivó recursos del sistema previsional al sector privado y asumió los costos de transición.
Finalmente, para afrontar los gastos, el Estado emitió títulos de deuda pública, en los que fueron inducidas las AFJP a invertir los aportes que administraban y por los que se pagaban comisiones a intermediarios.
En definitiva, todo ello trajo como consecuencia que las prestaciones jubilatorias -en el sistema de capitalización- fueran bajas, lo que hizo que el Estado derivara fondos para que el 77 de los pasivos alcancen a cubrir el monto de una jubilación mínima (cf. Cámara de Senadores de la Nación, Versión Taquigráfica, 20° Reunión - 18" Sesión ordinaria - 20 de noviembre de 2008, exposición del Senador Miranda, miembro informante del dictamen de la mayoría en el debate de la ley 26.425, p. 6). Ello generó un sistema con un sesgo marcadamente regresivo, que frustró todas las expectativas macroeconómicas relativas al ahorro interno, reducción del déficit fiscal y desarrollo de un mercado de capitales sobre las que se había montado.
Con la promulgación de las leyes 25.994, 26.222 y los decretos 164/04 y 1454/05, entre otros, comenzó una etapa de reformas dirigidas a revertir el carácter regresivo del SIJP y a asegurar que las prestaciones previsionales llegaran a un mayor número de beneficiarios. Para ello, por un lado, se flexibilizaron los recaudos de acceso a las prestaciones de la seguridad social y, por el otro, se habilitó el traspaso de los afiliados desde el régimen de capitalización al de reparto, especialmente para los beneficiarios -entre los que se encontraba el actor- mayores de cincuenta y cinco años, cuyas cuentas de capitalización observaban saldos insuficientes para la obtención de un beneficio previsional acorde a un adecuado nivel de subsistencia.
La etapa culminó con la sanción de la ley 26.425, con la que se abandonó definitivamente el SIJP y se reguló un nuevo régimen previsional: el Sistema Integrado Previsional Argentino, o SIPA.
En líneas generales, el SIPA importó el retorno a un esquema previsional general único, de gestión exclusivamente estatal y explícitamente apoyado sobre un principio de solidaridad inter-generacional, transparentando así el hecho de que son las clases laboralmente activas las que financian con sus aportes previsionales el mantenimiento de las correspondientes clases pasivas. De esta manera fue posible incorporar cinco millones de nuevos jubilados, contemplándose la situación de las amas de casa y de las personas que por pertenecer a determinados estratos sociales tienen enorme dificultad de acceder a un empleo formal
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1573
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