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Fallos: 336:877 de la CSJN Argentina - Año: 2013

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336 877 16. Establecer que el Sistema de Notificaciones por Medios Electrónicos será de aplicación con relación a las notificaciones que deben efectuarse en las causas radicadas ante la jurisdicción prevista en el Artículo 117 de la Constitución Nacional, con arreglo a lo dispuesto en la Acordada N" 51/73. Disponer que el nuevo régimen entrará en vigencia a partir del primer día hábil de Noviembre de 2013 con relación a todas las causas que se promuevan desde esa fecha. Aprobar el plan de difusión y capacitación. -N" 36-.

17. Designar en la Secretaría creada por Acordada 10/90 al Doctor Marcelo Julio NAVARRO, Secretario Letrado de esta Corte, quien a los efectos pertinentes tendrá las atribuciones y funciones de los Secretarios Generales. -N° 37-.

18. Extender el ámbito de aplicación del Sistema de Notificación Electrónica establecido por Acordada 31/11 a todo el ámbito del Poder Judicial de la Nación de acuerdo al plan de implementación gradual que se establece. -N" 38-.

19. Designar Secretario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al Doctor Marcelo Julio NAVARRO para desempeñarse como titular de la Secretaría Judicial N° 6. -N° 39-.

20. Aprobar el Reglamente General del Cuerpo de Calígrafos Oficiales de la Justicia Nacional. -N° 40-.

21. Disponer la habilitación del Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Esquel, provincia del Chubut. -N° 41-.

22. Ordenar que los depósitos que se efectúen en el Banco de la Nación Argentina con motivo de la interposición de los recursos de queja por denegación del extraordinario, serán invertidos a plazo fijo. La parte podrá optar por que el depósito efectuado quede excluido de este régimen. -N" 42-.

23. Establecer que el Sistema de Notificaciones por Medios Electrónicos reglamentado por Acordada N" 31/11 será de aplicación obligatoria para todos los recursos de queja por denegación del extraordinario resueltos por los superiores tribunales de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se presentaren a partir del primer día hábil posterior a la feria de enero de 2014. -N? 43-.

24. Disponer la liquidación y pago de un incremento salarial del 5 a partir del 1 de Diciembre de 2013, remunerativo y bonificable, para todas las categorías del escalafón del Poder Judicial de la Nación. -N° 44-.

25. Declarar feriado judicial los días 24, 26 y 31 de diciembre de 2013 e inhábil el día 02 de enero de 2014 para los tribunales nacionales y federales con asiento en la Capital e Interior del país.

N? 45-.

26. Declarar asueto los días 24, 26 y 31 de diciembre de 2013 y 02 de enero de 2014 para la Oficina de Violencia Doméstica. -N° 46-.

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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:877 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-336/pagina-877

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