336 2283 sentencia apelada con el alcance indicado en este voto. Notifíquese a las partes. Oportunamente, devuélvase.
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E. RAUL ZAFFARON)
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JUAN CARLOS MAQUEDA
Recurso extraordinario interpuesto por la Confederación Indígena del Neuquén, representada por el Dr. Juan Manuel Salgado.
Traslado contestado por la Pcia. del Neuquén, representada por el Dr. Alfredo David Salman, con el patrocinio del Fiscal del Estado de la Pcia. del Neuquén, Dr. Raúl Miguel Gaitán.
Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Pcia. del Neuquén.
DOMINGUEZ, SUSANA ISABEL Y OTROS
C/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. Y OTROS
S/ PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA
PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA
Cabe dejar sin efecto la sentencia que admitió la excepción de prescripción opuesta por las coaccionadas, por lo cual se aplicó el plazo trienal del art. 848.1 del Código de Comercio respecto de la demanda instaurada por los daños y perjuicios derivados de la falta de pago de la participación en las ganancias prevista en el art. 29 de la ley 23.69, pues es arbitrario el pronunciamiento en la medida que omitió examinar una defensa que, prima facie considerada, resulta conducente para la debida solución de la controversia y, en consecuencia, el fundamento del a quo no ha dado respuesta concreta a las alegaciones de los reclaman
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:2283
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