1164 336 —//-DENCIA DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DOCTORA DOÑA ELENA I.
HIGHTON de NOLASCO Y DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON $ EN-
RIQUE SANTIAGO PETRACCHI Y DOÑA CARMEN M. ARGIBAY
Considerando:
1) Que Rodolfo Canicoba Corral dedujo demanda contra Sergio Acevedo por indemnización del daño moral sufrido a raíz de la publicación de una entrevista en la que el ex Gobernador de la Provincia de Santa Cruz había utilizado expresiones que consideró ofensivas para su dignidad personal y honor de magistrado. Asimismo, selicitó que se publicara la sentencia en el diario Página 12 o en otro medio de amplia circulación.
2) Que la cuestión surge con motivo del reportaje publicado el 11 de mayo de 2004 por el diario Página 12, en la que el entonces gobernador respondió a las acusaciones formuladas por el ex presidente Carlos Menem sobre el manejo del dinero de le Provincia que estaba depositado en el extranjero. En el marco de la requisitoria periodística el mandatario provincial —que había calificado a Menem como un delincuente mentiroso que debía estar entre rejas— hizo referencia a la actuación de un grupo de jueces que habían sido designados durante su mandaio presidencial.
Al contestar la pregunta del periodista acerca de si creía en esos jueces, el demandado respondió "Mire cómo reacciona la corporación judicial frente a cualquier atisbo de reforma.
Todos sabemos lo que son los Urso, Oyarbide...seres detestables. ..Bonadío, Canicoba Corral...ahora fíjese lo que es la corporación judicial en el Consejo de la Magistratura ¿Qué sistema de selección tuvieron con esos jueces?"; más adelante dijo "Menem habla de una persecución de una Justicia que él mismo designó. Son los jueces de la servilleta".
3) Que la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el fallo de primera instancia que había condenado al demandado por considerarlo responsable de utilizar expresiones desmedidas y elevó el monto de la indemnización, en
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Año: 2013, CSJN Fallos: 336:1164
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