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Fallos: 330:3664 de la CSJN Argentina - Año: 2007

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330 para obtener una información pública, actualizada para todo el quela requiera, especialmente la población del área involucrada (Resuelvo, punto V.5) y la presentación de un plan integrado para el cumplimiento de los objetivos enunciados en la ley (punto V).

Que luego de las audiencias realizadas en fecha 4 y 5 de julio del corriente año y del informe presentado por los expertos de la Universidad de Buenos Aires, esta Corte considera que es necesario ordenar la recolección deinformación precisa, actualizada, pública y accesible para poder avanzar en este proceso en lo relacionado con la prevención y recomposición.

Que, asimismo, se debe proceder a correr traslado de la demanda. En estetrance, las características típicas de todo proceso col ectiVo, la excepcional naturaleza de esta causa y la necesidad reiteradamente puesta de manifiesto por el Tribunal de encauzar su tramitación mediante un procedimiento útil y eficiente que no frustre ni distorsione los ingentes intereses comprometidos ni el adecuado y oportuno ejerciciopor partedeesta Corte de su jurisdicción constitucional, justifican que todo lo concerniente a dicha substanciación, a la citación de los emplazados y a las contestaciones de la demanda que prevén los arts. 338, 339 y 356 del ordenamiento procesal se encuentresupeditado a diversas reglas que deberán ser observadas por las partes para la concreción de los actos comprendidos en las etapas indicadas.

Por ello, el Tribunal resuelve:

1) Ordenar que la Autoridad de Cuenca, el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informen de modo concentrado, claro y accesible para el público en general, en un plazo de treinta días, sobre los siguientes aspectos:

1) Un listado de datos actualizados y científicamente comprobables sobre el estado del agua y del aire en la cuenca, y en especial sobrela situación de las napas subterráneas.

2) Un listado completo, actualizado hasta el mes de agosto de 2007, detodaslas industrias existentes en la cuenca querealicen actividades contaminantes, describiendo el tipo de residuos que arrojan, la cantidad y frecuencia.

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:3664 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-330/pagina-3664

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