autos-elloserelaciona con la actuación de un organismo de pertenencia de la estructura administrativa del Estado Nacional.
—V-
Por lotanto, opino este proceso debe continuar su trámite antela Justicia Nacional en lo Civil y Comercial Federal, por intermedio del Juzgado N ° 7 que intervino en la contienda. Buenos Aires, 12 de octubre de 2006. Laura M. Monti.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 6 de febrero de 2007.
Autos y Vistos:
De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 7, al que seleremitirán por intermediodela Salalll dela cámara de apelaciones de dicho fuero. Hágase saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N ° 75.
RICARDO Luis LORENZETTI — ELENA |. HIGHTON DE NoLAsco — CARLOs S.
FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN CARLOS MAQuEDA.
JUAN RIQUELME GALLARDO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Generalidades.
Es presupuesto necesario para una concreta contienda de competencia que los jueces entre quienes se suscita se la atribuyan r ecíprocamente, lo que no sucede si el magistrado federal, pese a devolver las actuaciones al juez local, consideró
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:32
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