FABIAN ARIEL VAZQUEZ y OTRO v. KONTTROLAR S.R.L. y Otro RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fundamento.
Corresponde desestimar la queja si el recurso extraordinario no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ) el recurso extraordinario inter puesto contra el pronunciamiento que hizo lugar al reclamo indemnizatorio y ext endióla condena al socio gerente de la persona jurídica empleadora (Voto de la Dra. Carmen M. Argibay).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fundamento.
La circunstancia de que el recurso extraordinario no contenga una crítica pormenorizada de todos los argumentos desarrollados por la cámara no obsta al tratamiento de la cuestión, si las propuestas que trae la apelante ala consideración de esta instancia son suficientes, toda vez, que plantean de modo daro el problema y la ofensa constitucional que la decisión le causa (Disidencia parcial del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencas arbitrarias. Principios generales.
Para descalificar una sentencia por causa de arbitrariedad en el razonamiento legal se debe efectuar un análisis de los defectos lógicos que justifican tan excepcionalísima conclusión, la cual no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal detercera instancia ordinaria, ni corregir fallos equivocados o que se reputen tales, sino que atiende a cubrir casos de carácter excepcional, en que deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impida considerar el pronunciamiento de los jueces del proceso como la "sentencia fundada en ley" a que hacen referencia los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional (Disidencia parcial del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencas arbitrarias. Principios generales.
La arbitrariedad no puede resultar de la sola disconformidad con la solución adoptada, sino que requiere la constatación de un apartamiento de los criterios mínimos de la argumentación jurídica que exige, a su vez, que la decisión conten
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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:2921 
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