esa posesion alegada por el actor, y la misma que le concedía el demandado, Y considerando: 4 Que la perturbación de la posesion, y por consiguiente, la existencia de esta última, nace de la mensura, como que es acto posesorio, y no de la notificacion que se haga para que á esa mensura se oponga el desposeido por aquel Acto.
2" Que de otra manera, los actos que dan la posesion y que se enumeran en el artículo 2384 del Código Civil, quedarían subordinados 4 la voluntad de las partes para que produjeran su efecto, teoría que se encuentra en completa oposicion con el sentido € import ncia jurídica que la legislacion civil otorga ú la posesion.
3" Que siendo la posesion un jus ad rem, originado por el hecho material de la ocupacion, que se deriva en el caso presente del hecho mismo de la mensura, y no siendo necesaria, por otra parte, segun lo dispone el artículo 2384 del Código citado, la ocupacion de toda el área de un predio para conservar la posesion en toda su estension, la mensura de Cullen de una área mayor, dentro de la cual encuéntrase incluida la menor que se disputa, implica la posesion total.
4" Quecon este antecedente y segun resulta de la escritura estendida á favor del doctor Zavalla, en cinco de Febrero de mil ochocientos ochenta, la posesion de este es posterior á la de Cullen, quien, cuando menos, la tenía desde la fecha de la mensura por el hecho de ella; y por tanto, la parte demandante ha podido hacer uso de la accion posesoria si hubiera estado poseyendo con anterioridad á la mensura en término legal.
5" Que ese término, segun el artículo 4038 del Código Civil, es de un año, computado desde que se llevó 4 cabo el acto perturbatorio de la posesion.
6" Que como se ha espresado en el considerando primero, ese acto perturbatorio (el de la mensura), habiendo, en todo caso,
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Año: 1888, CSJN Fallos: 33:60
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