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Fallos: 329:6172 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
Ver: Constitución Nacional, 12,44, 56; Corte Interamericana de Derechos Humanos, 1; Daños y perjuicios, 1; Ley penal más benigna, 6; Recurso extraordinario, 55, 66, 138.


CONVENCION DE VIENA SOBRE EL DERECHO DE LOS TRATADOS
Ver: Ley penal más benigna, 6.


CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Ver: Recurso extraordinario, 177.


CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
Ver: Jurisdicción y competencia, 61.

CONVENIO
Ver: Recurso extraordinario, 42, 43.

CONVERTIBILIDAD
Ver: Recurso extraordinario, 70, 76, 77.

CORRALITO FINANCIERO
Ver: Constitución Nacional, 16; Daños y perjuicios, 16, 17; Emergencia económica, 6; Jurisdicción y competencia, 22, 69; Recurso de queja, 1, 7.


CORTE INTERAMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
1. La jurisprudencia de la Corte Interamericana pronunciada en causas en las que son parte otros Estados Miembros de la Convención constituye una insoslayable pauta de interpretación para los poderes constituidos argentinos en el ámbito de su competencia y, en consecuencia, también para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, alos efectos de resguardar las obligaciones asumidas por el Estado argentino en el sistema interamericano de protección a los der echos humanos (Disidencia parcial de los Dres.

Juan Carlos Maqueda y Luis Roberto Rueda): p. 5382.

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:6172 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-6172

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