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Fallos: 329:2963 de la CSJN Argentina - Año: 2006

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MODIFICACION DEL REGIMEN DE LICENCIAS.
—N23 En la ciudad de Buenos Aires, a los 11 días del mes de julio del año dos mil seis, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

Que se ha tomado conocimiento de la existencia de dificultades de orden práctico relacionadas con la concesión de licencias, a funcionarios y jueces que subrogan a magistrados, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento de Subrogaciones de los í Tribunales Inferiores de la Nación, aprobado por resolución 76/04 del Consejo de la Magistratura.

l Que la circunstancia señalada hace aconsejable que se modifique el Régimen de Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional (apro bado por acordada 34/77, modificada por acordada 12/04), con el objeto de designar |: como autoridades facultadas a tal fin, a los presidentes de las cámaras respectivas y, en Su caso, a los Tribunales Orales.

L Por ello, ti e Acordaron:

| 1) Incorporar como segundo párrafo del inciso d) del artículo 2 del Régimen de ho Licencias para Magistrados, Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional (apro bado por acordada 34/77, modificada por acordada 12/04), el siguiente:

E "Concederán, asimismo, las licencias de los funcionarios y magistrados, previstas 4 en el último párrafo del artículo 12 del Reglamento de Subrogaciones de los Tribunales = Inferiores de la Nación, aprobado por resolución 76/04 del Consejo de la Magistratura, E con comunicación a dicho organismo".

L q 2") Sustituir el texto del inciso e) del artículo 2 del citado régimen, por el siguiente:

"Los tribunales orales, las de los jueces que los integran, con comunicación al Consejo de la Magistratura cuando excedan de noventa (90) días. También decidirán las de sus funcionarios, previstas en el último párrafo del artículo 12 del Reglamento de 1 Subrogaciones de los Tribunales Inferiores de la Nación, aprobado por resolución 76/04 q del Consejo de la Magistratura, con comunicación a dicho organismo".

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí que doy fe. — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JUAN d CARLos MAQUEDA — E. RAÚL ZAFFARONI — RICARDO Luis LorENZETti — CARMEN M. ARGIBAY.

Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).

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Año: 2006, CSJN Fallos: 329:2963 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-329/pagina-2963

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