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Fallos: 328:3850 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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Que lo antedicho. sumado a que la prescindencia de las recordadas normas internacionales por los órganos estatales, lo cual incluye, naturalmente, a los de carácter jurisdiccional, puede originar responsabilidad internacional del Estado Argentino (Fallos: 326:3882 , 3894), torna aconsejable que los casos de competencia apelada de esta Corte, en los cuales sea puesta en juego, de manera directa, inmediata y trascendente, la interpretación y aplicación del derecho de los derechos humanos, tramiten por una secretaría judicial especializada en la materia.

Que hasta tanto la experiencia no indique la necesidad de adoptar otro criterio, cabe asignar dicho cometido a la Secretaría Judicial N" 6, la cual, asimismo, tendrá a su cargo el área de distribución interna de los recursos extraordinarios y de los de queja por denegación de éste, sin perjuicio de las tareas que le encomendasen la Corte o el Presidente de ésta.

Por ello Acordaron: .

Asignar a la Secretaría Judicial N" 6, a cargo del Dr. Rolando E. Gialdino, el trámite de las causas concernientes a la competencia apelada de esta Corte, en las cuales sea puesta en juego, de manera directa, inmediata y trascendente, la interpretación y aplicación del derecho de los derechos humanos, y, asimismo, el área de distribución interna de los recursos extraordinarios y de los de queja por denegación de éste, sin perjuicio de las tareas que le encomienden la Corte o el Presidente de ésta.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — ENRIQUE SANTIACO PETRACCHI — AU
GUSTO CÉSAR BELLUSCIO — JUAN Carros MAQUEDA — E. RAUL ZAFFARoNi — ELENA 1. HICHTON
DE NoLasco — RICARDO Luis LORENzETTi — CARMEN M. ArciBay. Nicolás Alfredo Reyes Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).

PRESUPUESTO 2006.

—N18En Buenos Aires a los nueve días del mes de agosto del año dos mil cinco, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:

1 Que corresponde a esta Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su carácter de cabeza del Poder Judicial de la Nación, establecer la previsión cualitativa y cuantitativa de las erogaciones consolidadas previstas para la jurisdicción, para el ejercicio presupuestario 2006, a los fines de su comunicación al Honorable Congreso de la Nación

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3850 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-3850

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