DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Obras públicas.
La relevancia o significación de los actos cumplidos por la Administración General de Puertos respecto de la ejecución de las obras para la refacción de un muelle, respecto de las cuales se pronunció en todas las oportunidades en sentido negativo, según el examen atento de las actuaciones administrativas revela que es contraria a aquella que la sentencia recurrida les atribuye.
ACTOS ADMINISTRATIVOS.
No puede ser considerada como una manifestación positiva de voluntad respecto de la autorización para ejecutar las obras de refacción de un mueIle y realizar las inversiones en los terrenos aledaños, el silencio acerca de la realización de las obras e inversiones, en materia de concesión de privilegios a personas e individuos, porque la presunción más aproximada ala verdad es que el Estado no ha acordado sino lo que en términos expresos resulte de ellos.
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Tercera instancia. Juicios en que la Nación es parte.
Si el resarcimiento del costo de las obras de refacción del muelle e inversiones en los terrenos aledaños no ha sido reclamado a título de empleo Útil —cuyos extremos de procedencia correspondía haber demostrado, de haber ello sido peticionado así—, no corresponde introducir esa cuestión oficiosamente.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 dejunio de 2003.
Vistos los autos: "Exol gan S.A. c/ Administración General de Puertos s/ proceso de conocimiento".
Considerando:
1) Quela Sala V dela Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, al dejar sin efecto la sentencia recaí
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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:1853
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