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Fallos: 326:1724 de la CSJN Argentina - Año: 2003

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326 halla contenida en la Resolución N° 1657/01 —punto 8. A este régimen se han sometido los impugnantes voluntariamente y no pueden pretender desconocerlo después de efectuado el concurso.

Que por otra parte, dichos planteos deben ser desestimados, toda vez que en las respectivas presentaciones, los recurrentes se limitan a efectuar una serie de afirmaciones que en modo alguno resultan suficientes para descalificar el dictamen que suscribió la Comisión Asesora, y en el caso, los argumentos expuestos por la misma se encuentran debidamente fundados, por lo que este Tribunal no advierte motivos que justifiquen su intervención.

Por ello;

ACORDARON:
1) Desestimar las presentaciones interpuestas, por las razones señaladas.

29) Efectuar las siguientes designaciones en el Cuerpo de Peritos Calígrafos Oficiales de la Justicia Nacional: PERITO CALIGRAFO, al señor Raúl Juan VIDAL FREYRE L.E. N° 8.426.225); a la señorita Mabel Noemí MARUM (D.N.I. N° 14.900.379), al señor Carlos Alberto ALONSO (D.N.I. N° 8.489.191), al señor Juan Santiago RATTARO (D.N.I. N° 12.300.472), al señor Hernán IGARZABAL (D.N.I. N° 4.978.698) y al señor Jorge Raúl MILLET (D.N.I. N° 17.652.800).

Todo lo cual dispusieron y mandaron, or denando que se comunicase y se registrase en el libro correspondiente por ante mi, que doy fe. JuLIo S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — CarLos S. FAYr — AUGUSTO César BELLuscio — ApoLro Roserto VAzauez. Nicolás Eduardo Reyes (Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación) AUTORIDADES DE FERIA JUDICIAL DE JULIO 2003 — Ne — En Buenos Aires, alos 27 días de mes de mayo del año 2003, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente,

ACORDARON:
Designar como autoridades de feria del mes de julio del año 2003:

1) A los doctores Eduardo Moliné O'Connor y Adolfo Vázquez como jueces de feria.

29) Al doctor Jorge Migliore como secretario de feria.

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:1724 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-326/pagina-1724

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