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Fallos: 325:3551 de la CSJN Argentina - Año: 2002

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Por ello, Acordaron:

Sustituir el texto del cuarto párrafo del artículo 11 del Reglamento para la Justicia Nacional (texto según acordada N° 51/65; Fallos: 307:56 ), el cual quedará redactado de la siguiente forma:

"Como requisito previo al ingreso de todo funcionario o empleado deberá acreditarse la aptitud psicofísica para la función o cargo, mediante certificado de salud expedido en la Capital Federal, por el Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación, y en el interior por la dependencia competente del Ministerio de Salud, 0, en su defecto, por el organismo provincial correspondiente".

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenaron que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí que doy fe. JuLto S. NAZARENO — EDUARDO MorinÉ O'Connor — Caros S. FAY — AUGUSTO CESAR BeLLUscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — ADOLFO RoBerto VAzquez. Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).


FERIA JUDICIAL DE ENERO 2003. AUTORIDADES DE FERIA
— N9 40En Buenos Aires, a los 12 días del mes de diciembre del año dos mil dos, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Acordaron:

Designar como autoridades de feria del mes de enero del año 2003:

1) Al doctor Augusto César Belluscio -del día 1? de enero al día 31 de enero-, al doctor Julio Salvador Nazareno -del día I° de enero al día 15 de enero-, al doctor Antonio Boggiano -del día 1° de enero al día 31 de enero- y al doctor Eduardo Moliné O'Connor -del día 20 de enero al día 30 de enero-, como jueces de feria.

2?) Al doctor Jorge Migliore -del día 12 de enero hasta el día 31 de enero- y a la doctora María Cristina Alvarez de Magliano -desde el día 15 de enero hasta el día 31 de enero— como secretarios de feria.

3) Establecer el horario de atención al público de lunes a viernes, desde las 07.30 hasta las 13.30 horas.

4) El personal que preste funciones durante la feria judicial deberá acreditarlo mediante certificación otorgada por el señor secretario de feria.

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Año: 2002, CSJN Fallos: 325:3551 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-325/pagina-3551

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