UNION DOCENTES ARGENTINOS
v. UNION DOCENTES PROVINCIALES DE CORRIENTES JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Principios generales.
La materia y las personas constituyen dos categorías distintas de casos cuyo conocimiento atribuye la Constitución Nacional, en su art. 116, a la justicia federal. En uno y otro supuesto, dicha competencia de excepción responde a distintos fundamentos.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas regidas por normas federales.
La competencia federal por la materia lleva el propósito de afirmar atribuciones del gobierno federal en las causas relacionadas con la Constitución, tratados y leyes nacionales, así como las concernientes a almirantazgo y jurisdicción marítima.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Distinta vecindad.
La competencia federal por las personas procura asegurar, entre otros aspectos, la imparcialidad de la decisión cuando se plantean pleitos entre vecinos de diferentes provincias.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal . Por la materia. Causas exduidas de la competencia federal.
Lorelativo a la nulidad de un contrato presuntamente celebrado entre dos entidades que cuentan con personería gremial de primer grado, con fundamento en varios artículos del Código Civil, por ser contrario a la ley 23.551 y al Estatuto de una de ellas, es de derecho común, ya que se trata de la interpretación y aplicación de las referidas disposiciones, lo cual reviste naturaleza civil y descarta la competencia federal ratione materiae.
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Distinta vecindad.
Si la actora tiene su domicilio en la Capital Federal y la demandada en la Provincia de Corrientes el proceso cor responde ala justicia federal.
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:1470
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