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Fallos: 323:4529 de la CSJN Argentina - Año: 2000

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Análisis de la violación de los Derechos Humanos por parte del Juez Brusa.

12. A los fines dela fundamentación del título precedente se analiZará las características de la justicia en la época del proceso militar; la prueba aportada demostrativa de los hechos violatorios, la improcedencia del desprestigio como causal autónoma y la imposibilidad que tiene el Jurado de incluirlo como causal de remoción.

1) La justicia en época del proceso 13. Por mucho que esté por demás daro que aquí no se está juzgando a lajusticia argentina, sino concreta y específicamente la conducta del Juez Brusa, se hace necesario reiterar esta aclaración, dado que muchos de los testimonios brindados en la audiencia de debate se han referido críticamente a la actividad de aquéllas (ver especial mentededaraciones detestigo Serra fs. 1217 y Barquín fs. 1445/1445). En otros casos, al preguntarle el Presidente del cuerpo si el deponente tiene algún interés en este proceso, la respuesta fue en el sentido que "se haga justicia" (testigos Casabella, fs. 1082; Pozzo, fs. 1087; Baumgartner, fs. 1105 y Eduardo Luna, fs. 1126).

14. Nos introduce en el tema tanto el altísimo porcentaje de desprestigio colectivo hacia el quehacer judicial, como los numerosos estudios y proyectos que, ya desde el ámbito estatal o de la actividad política, de las organizaciones forenses desde lo académico reconocen estarealidad, señalandolas deficiencias y proponiendo soluciones. Sería una necedad negar esta realidad, como sería una insensatez el que el Jurado, desorbitando su competencia, se sumara a las postulaciones, que dando por cierta la crisis del Poder Judicial, seinsinuara enmiendas o postulara remedios.

15. Para decirlo concretamente: este es un problema para el cual el pueblo todo, a través de sus órganos de gobierno, en pleno ejerciciodel estado de derecho, encare las soluciones en los tiempos y métodos que se consideren más aptos.

16. De ello no queda duda. Pero lo que importa aquí es ver hasta que punto esta crisis es uno de los andariveles que habrán de servir parra arribar a la decisión que habrá de darse a este proceso de remoción. Para abordar la consideración de la actuación del imputado en

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:4529 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-323/pagina-4529

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