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universidades otorgar grados académicos y títulos habilitantes, conforme a las condiciones que se establecen en la ley, toda vez que'no constituye obstáculo alguno a la autonomía universitaria el hecho de que el Estado establezca las condiciones, no ya para el desenvolvimiento de la vida universi- .
taria, sino para el reconocimiento de títulos que, sin más trámite, habilitarán el ejercicio profesional (Disidencia parcial del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales.
Corresponde admitir los cuestionamientos constitucionales de los arts. 42 y 43 inc. a, de la ley 24.521, pues tanto la carga horaria en los planes de estudio y la fijación de los contenidos curriculares mínimos resultan ajenas a las facultades del Congreso y propias -dentro de un régimen de autonomía precisamente de esos entes autónomos (Disidencia parcial del Dr. Carlos S. Fayt).
UNIVERSIDAD, .
Es el ámbito académico en el que debe desplegarse con mayor intensidad el principio de la autonomía, lo que importa sustraer la cuestión del ámbito de competencias del Congreso, quien por lo tanto no puede atribuirla a ningún otro órgano estatal (Disidencia parcial del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales.
Son inconstitucionales los arts. 43, inc. b, 44, 45 y 46, inc. b, de la ley 24.521, en tanto pretenden regular el control externo de la actividad docente universitaria, pues constituyen una indebida injerencia en el ámbito en el que precisamente debe reinar la autonomía sin cortapisas, como es el estrictamente académico (Disidencia parcial del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales.
El art. 50 de la ley 24.521 es violatorio de lo dispuesto enel art. 75, inc. 19, de la Constitución Nacional (Disidencia parcial del Dr. Carlos S. Fayt).
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Leyes nacionales.
Corresponde: declarar la inconstitucionalidad de las previsiones legales que establecen detalladamente la forma en que los estatutos deben disponer la composición de los órganos de gobierno y control interno, como así también las que regulan la carrera docente (Disidencia parcial del Dr. Carlos S. Fayt).
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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:925
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