declaración testifical que oportunamente brindara. En ese mismo acto sela notificó que debía comparecer a prestar declaración testifical el día 18 de ese mes y año. En la oportunidad (fs. 34.979/80), la dicente ratificó sus anteriores dichos (fs. 5965/7) aclarando que en ocasión de haber concurridoa la legación diplomática israelí donde fuera atendida por Shoshana Poch, lo hizo por la puerta identificada con el N° 916 dela calle Arroyo y desde allí setrasladóhasta el hall central quedaba ala entrada individualizada con el N° 910 dela misma arteria. Que si bien en su primera declaración indicó que tuvo que pasar los "controles", en realidad sólo hizo referencia a un mínimo trámite que consistía en asentar el nombre y número de documento de la persona que estaba ingresando.
Por otro lado manifestó, en relación al viaje que mencionara que Majid Mashadchi tenía intenciones der ealizar alarepública de Chile, que era probable que el nombrado hubiese adquirido finalmente los pasajes en una agencia de viajes de nombre "ARABTUR", ya que había tomado conocimiento que ésta era la empresa que siempre utilizaba la embajada de la República Islámica de Irán en Argentina. Además de aportar el domicilio dela mencionada agencia, informó que su titular era una persona de nacionalidad siria de nombre Sattam El Kaduri.
Por último también manifestó que había tomado conocimiento de que en la localidad La Angelita, Junín, Provincia de Buenos Aires, funcionaba una mezquita, la cual lehabía llamado la atención por cuanto era algo así como una mezquita "secreta".
272) En atención a los dichos vertidos por Dujovne en su última declaración testifical, a fs. 34.987, 3er. párrafo, se libró oficio al Departamento Unidad de Investigaciones Antiterrorista de la Policía Federal Argentina, con el fin de que realicen tareas investigativas en relación a Sattam El Kaduri y la agencia deviajes "ARABTUR", alos efectos de constatar las actividades comer ciales y contactos que posea El Kaduri; debiendo informar en particular si Mashid Mashadchi adquirió pasajes en el año 1992.
Igual medida se ordenó respecto de la mezquita quefuncionaba en la localidad de La Angelita de la Provincia de Buenos Aires, con el fin de especificar las actividades que allí se desarrollaban e identificar a sus autoridades. Sobre los mismos puntos sele requirió informes a la Secretaría de Inteligencia del Estado.
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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:3515
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