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Fallos: 322:3359 de la CSJN Argentina - Año: 1999

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combros. Deotra parte, lastareas mecánicas (por medio de picoy pala) advertidas con posterioridad al hecho en la oquedad obedecen ala necesidad de extraer las partes de la camioneta que a modo de proyectiles se incrustaron en el interior del cráter y a diferentes profundidades, lo que será analizado con posterioridad.

30) Que final mente el informe remitido por Edesur (ex Segba) afs.

5.406 adjunta un plano dela red de baja tensión anterior a lafecha del suceso donde se puede observar que un tramo de la red pasaba por la vereda de la legación diplomática. También remite constancias de reparaciones efectuadas en la zona a raíz de diversos pedidos. Entre dichas constancia existe con fecha 20 de marzo, en el turno mañana, la noticia deuna avería sobrela cual nose trabaja en el momento en que se toma conocimiento de su existencia porque falta terminar con la remoción de escombros en Arroyo y Suipacha. Con fecha 21 de abril en el turno tarde hay constancia de la localización de la avería en Arroyo, en el cráter de la explosión y posteriormente hay otras constancias del trabajo que se realizó sobre el mismo.

31) Quetantola presencia del cráter u oquedad, como la surgiente de agua mencionadas fueron corroboradas por aquellos testigos que intervinieron en distintas diligencias procesales tendientes a obtener prueba material que diera fundamento a los informes periciales practicados tanto por el Departamento Explosivos de la Pdicía Federal como por la Gendarmería Nacional.

Así, cuando per sonal de la Policía Federal ubicó el epicentro dela reacción explosiva y verificó la presencia del cráter inició la tarea de búsqueda de elementos que permitieran establecer el origen de la explosión. Esta actividad se justificaba por el hallazgo de un block de motor —entreotros elementos— pertenecientea una camioneta Ford F100 en la ochava contraria a la sede diplomática, en la esquina de Arroyo y Suipacha.

32) Quelas actas de secuestro que describen el hallazgo en el interior del cráter de diversos elementos pertenecientes al vehículo fueron agregadas a fs. 72/75 y 77 dela pericia de Superintendencia de Bomberos. Tanto el personal pdlicial comolos testigos de estas diligencias fueron citados a prestar declaración testimonial. El acta de fs. 72 fue ratificada por el Principal Luis Alberto Intile (fs. 34.357) que manifestó haber visto un cráter de 4 m. por 3 m. en el cual había agua por la

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:3359 
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