CORTE SUPREMA. DIAS INHABILES.
243 En Buenos Aires, a los 15 días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y ocho, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:
Que la forma irregular en que han funcionado los tribunales nacionales y federales del país, en razón de la medida de fuerza resuelta por la Unión de Empl os dela Justicia Nacional el día 8 del corriente, requiere tomar medidas que eviten perjuicios a los litigantes; Por ello, Acordaron:
Dedarar el día 8 de octubre de 1998 inhábil para los tribunales nacionales y federales de todo el país, sin perjuicio dela validez de los actos procesales cumplidos que no hubiesen sido actuados en rebeldía.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe. — JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINE O'Connor — CArLos S. FAYr — AUGUSTO C. BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — ANTONIO BOGGIANO — GUILLERMO A. F. López — Gustavo A. Bosserr — ApoLFo Rogerto VAzauez. — Nicolás Alfredo Reyes (Administrador General).
DIAS INHABILES.
N247-
En Buenos Aires, a los 12 días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y ocho, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, Consideraron:
Que la forma irregular en que han funcionado los tribunales nacionales y federales del país, en razón de la medida de fuerza resuelta por la Unión de Empleados de la Justicia Nacional el día 28 de octubre, requiere tomar medidas que eviten perjuicios a los litigantes;
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2669
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