JUICIO CRIMINAL.
Con independencia de que la persecusión penal, por razones de diversa índole, no pueda afectar a ciertos hechos o ciertos autores, ello no exime al instructor de comprobar que efectivamente se haya tratado de esos hechos 0 esos autores, con el objeto de descartar la posibilidad de que no se trate de ellos, como corolario del deber legal de persecusión penal de oficio, el cual implica que cualquier causa de exclusión de la caracterización del hecho como punible se debe comprobar dentro del procedimiento penal (Disidencia de los Dres. Enrique S. Petracchi y Gustavo A. Bossert).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. procedimiento y sentencia.
Es violatoria de la garantía de la defensa en juicio y debe ser descalificada la sentencia que importa el desconocimiento de decisiones anteriores que se encuentran firmes (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.
Es descalificable el pronunciamiento que denegó diversas medidas de prueba solicitadas por la madre de una desaparecida, si el juicio vertido en cuanto a la inexistencia de caso o causa no pasa de ser una afirmación dogmática, sin sustento normativo ni fáctico, pues resulta evidente el interés personal y concreto de los apelantes en el dictado de las medidas instructorias que , reclaman (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente.
Es arbitraria la decisión que se ha apartado de un pronunciamiento anterior que se encontraba firme; ha invocado la imposibilidad constitucional de la doble persecusión penal con una extensión impropia a la luz de las constancias de la causa y ha renunciado al ejercicio de las indelegables funciones del Poder Judicial en la custodia de los derechos constitucionales, confiándolas a la Subsecretaría de Derechos Humanos en el ámbito del Poder Ejecutivo (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de la Constitución Nacional.
Procede el recurso extraordinario contra la decisión que negó el derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de muerte y sobre el destino final de los restos de la hija de la recurrente y demás personas desaparecidas, pues se encuentra en juego la inteligencia del art. 43 de la Constitu
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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:2034
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