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Fallos: 321:1579 de la CSJN Argentina - Año: 1998

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7.2.1. Clasificar por zonas las códulas.

7.2.2. Confeccionar los listados de zonas para los oficiales notificadores.

7.2.3. Controlar y descontar las cédulas diligenciadas.

7.2.4. Confeccionar recibos de devolución a los Tribunales.

7.2.5. Confeccionar la planilla de Correo.

7.2.6. Archivar la documentación del departamento.

7.2.7. Elaborar estadísticas mensuales.

7.3. Personal 7.3.1. Controlar el ingreso y egreso de personal.

7.3.2. Otorgar licencias, registrar e informar sobre las horas extras y viáticos desplazados.

7.3.3. Confeccionar, registrar y controlar las fichas y legajos del per sonal 7.4. Secretaría 7.4.1. Recepcionar y contestar oficios.

7.4.2. Sustanciar las prevenciones sumariales.

7.4.3. Evacuar las consultas de los Juzgados.

8. Departamento de Oficiales Notificadores Diligenciar las cédulas remitidas por los Tribunales de Capital, Ley Convenio 22.171) y Mediación.

8.1. Supervisores Controlar a los oficiales notificadores en el diligenciamiento de las cédulas, distribuir las cédulas de recargo y de guardia.

8.2. Zona.

Diligenciar las cédulas que ingresan por zonas, conforme el plano de Capital Federal.

8.3. Guardia Organizar la recepción y diligenciamiento de cádulas urgentes y con habilitación de días y horas inhábiles, en todo el ámbito dela Capital Federal.

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1579 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-1579

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