Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 321:1577 de la CSJN Argentina - Año: 1998

Anterior ... | Siguiente ...

3.3. Contestar oficios.

4. Departamento Administrativo Supervisar las tareas del personal administrativo interno.

4.1. Mesa de Entradas 4.1.1. Recibir, controlar y dasificar los mandamientos que ingresan los Tribunales de la Capital Federal y por Ley Convenio N° 22.172.

4.1.2. Entregar a los tribunales y a los profesionales autorizados (ley 22.172) los mandamientos diligenciados.

4.1.3. Recibir y derivar oficios judiciales.

4.2. Coordinación de tareas internas 4.2.1. Clasificar por zonas los mandamientos.

4.2.2. Confeccionar planillas de zonas para los oficiales de justicia.

4.2.3. Controlar y descontar los mandamientos diligenciados.

4.2.4. Confeccionar recibos de devolución a los Tribunales.

4.2.5. Confeccionar planillas del correo oficial.

4.2.6. Archivar la documentación del Departamento.

4.2.7. Elaborar las estadísticas mensuales.

4.2.8. Controlar la asistencia del personal interno.

4.3. Encargados de sector.

4.3.1. Organizar la entrega de mandamientos a los oficiales de justicia de zona.

4.3.2. Controlar el cumplimiento de mandamientos diligenciados en zona.

4.3.3. Controlar la asistencia de los oficiales de justicia de zona.

5. Departamento de Oficiales de Justicia Diligenciar los mandamientos remitidos por los Tribunales de Capital y Ley Convenio (22.172).

5.1. Zona

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

67

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1998, CSJN Fallos: 321:1577 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-321/pagina-1577

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 321 Volumen: 2 en el número: 75 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos