CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho al acceso a la justicia.
El derecho al acceso a la justicia es un derecho operativo que es una natural derivación del derecho a la defensa en juicio, y que encierra una potestad que se desarrolla en varios y sucesivos momentos: derecho de acceder al órgano judicial; de deducir las pretensiones; de producir pruebas; de obtener un pronunciamiento justo y de ejecutarlo y de recurrir a las instancias superiores para obtener una revisión de lo decidido (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho al acceso a la justicia.
La operatividad y efectividad del derecho al acceso a la justicia sufre una severa restricción si se interpreta que, por ser un requisito de admisibilidad de la queja por denegación del recurso extraordinario, la falta del depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación obsta al tratamiento del recurso por la Corte (Disidencin del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
RECURSO DE QUEJA: Depósito previo.
Si bien los recursos que se interponen ante la Corte revisten características excepcionales y, en virtud de ello, la ley la faculta para que los deniegue o admita según sus propias pautas de trascendencia y sana discreción, ello no implica que tal desestimación pueda concretarse sin un previo examen de las cuestiones propuestas a su conocimiento que podrían revestir naturaleza constitucional, lo cual sucedería en caso de que la falta de depósito obstara a la prosecución del trámite (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho al acceso a la justicia.
Del propósito de "añanzar la justicia" que se encuentra incorporado al Preámbulo de la Carta Magna resulta la consecuencia de que el servicio de justicia debe ser irrestricto, por donde a tal carácter "irrestricto" las leyes de fondo y de forma deben ajustarse, y con mucha más razón la interpretación jurisprudencial (Disidencia del Dr. Adolfo Roberto Vázquez).
CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho al acceso a la justicia.
El medio más propicio para asegurar que el servicio de justicia sea irrestricto para toda y cualquier persona sólo se logra mediante su gratuidad, cuando menos desde el acceso a él y hasta que el derecho sea decidido, es
Compartir
95Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1996, CSJN Fallos: 319:1390
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-319/pagina-1390¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 319 Volumen: 2 en el número: 460 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
