formulada por la República de Italia (fs. 956/978), el Ministerio Público dedujo el recurso ordinario de apelación previsto en el artículo 24, inciso 6?, del decreto-ley 1285/58 que fue concedido (fs. 981), el señor Procurador General al expresar agravios en esta instancia fs. 991/995) solicitó que se revocase la resolución apelada y la defensa, al contestar a fs. 1005/1044 el traslado que se le corrió, pidió que se confirmara.
2?) Que el pedido de extradición se fundó en la orden de captura dispuesta por el Juez de las Investigaciones Preliminares ante el Tribunal Militar de Roma don Giuseppe Mazzi el 9 de mayo de 1994 fs. 112/24). Según surge de este documento y de los restantes que se acompañan a esa solicitud, el hecho imputado a Erich Priebke consiste en"...haber —como miembros de las fuerzas armadas alemanas enemigas del Estado Italiano, en concurso con Kappler, Herbert y otros militares alemanes, con más acciones ejecutivas del mismo diseño criminal y actuando con crueldad hacia las personas provocado la muerte de n. 335 personas ...en su mayor parte ciudadanos italianos, militares y civiles que no participaban en operaciones bélicas, disparando premeditadamente contra ellos algunos tiros. En Roma, en la localidad "Cave Ardeatine" el 24 de marzo de 1944 durante el estado de guerra entre Italia y Alemania" (confr. fs. 112/113).
3) Que de acuerdo a la reseña formulada en primera instancia y no cuestionada por las partes (confr. fs. 856/ 857), el hecho habría ocurrido pocos meses después del armisticio firmado por Italia con las naciones aliadas en guerra contra Alemania el 8 de septiembre de 1943.
Mientras el ejército alemán ocupaba militarmente la zona septentrio mal y central de Italia, por iniciativa de grupos civiles y castrenses, nacían organizaciones clandestinas de tipo militar para resistir a las fuerzas armadas alemanas y liberar el territorio italiano.
4) Que el 23 de marzo de 1944 en el centro de Roma, en la calle Rasella, un grupo de militantes de la resistencia habría hecho explotar una bomba en momentos en que pasaba una compañía alemana del Batallón "Bozen", lo que ocasionó la muerte instantánea de veintiséis militares alemanes, suma que en las horas posteriores se elevó a treinta y dos como consecuencia de las graves heridas recibidas por algunos de los sobrevivientes.
5) Que el Alto Mando Alemán habría dispuesto una sanción colectiva consistente en el fusilamiento de diez ciudadanos italianos por
Compartir
60Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1995, CSJN Fallos: 318:2164
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-318/pagina-2164
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 318 Volumen: 3 en el número: 400 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos