nicación (fs. 911 en "Don Santiago S.C.A."). También reconoce gravitación ala acción de los tapones el hidrogeólogo Kreimer a fs. 1639 de esta última causa.
Todo lo expuesto evidencia que los esfuerzos de las autoridades hidráulicas de la Provincia de Buenos Aires no lograron restituir la zona a las condiciones naturales de escurrimiento con sólo los taponamientos, por cuanto el canal subsistía como un medio artificial de conducción que alteraba las condiciones naturales.
12) Que, como se anticipó en el considerando 9°, debe comprobarse si las obras de la demandada fueron el factor que provocó la inundación delos campos osi, por el contrario, deno mediar ellasigualmente éstos hubieran sufrido tal efecto. En el caso"Jucalán", reiteradamente mencionado, el ingeniero Devoto sostuvo, con criterio que el Tribunal hizo suyo, que el canal La Dulce-Bajo Vidania asignó a las aguas "una dirección que podría haber sido otra, las condujo más directa y eficientemente (con menor pérdida de energía) cortando el vallado natural que en la región presentan los cordones de médanos que se oponen al escurrimiento y finalmente, en el caso específico del campo Tatita, transformó una inundación potencial en un hecho cierto", y agregó, en opinión también reproducida en la sentencia, que "de no haber existido ese conjunto de obras la superficie inundada en la provincia, receptora de aguas extraterritoriales, hubiera sido semejante en cantidad de hectáreas pero muy probablemente otras hubieran sido lastierras afectadas" (considerando 6.
Asu vez, el ingeniero Vernet considera "poco probable" quela inundación llegara a los campos de la actora "pues la dirección del escurrimiento principal, debería haber sido más hacia el este" (fs. 603/ 604). Por su parte, las preguntas 2a y 9a de los cuestionarios de la parteactora y la provincia demandada, respectivamente, formuladas en este expediente, infirieron si las aguas hubieran tenido otro encauzamiento en caso de no existir las obras y si éstas determinaron su ingreso al campo de Cachau, a ello el ingeniero Ballester respondió afirmando que el frente de agua, de no mediar obras, "no hubiera alcanzado el campo de la actora" (fs. 324/325; en igual sentido, fs. 304/ 305 y 415). En cambio, la respuesta del ingeniero Mauriño en "Don Santiago S.C.A." es menos asertiva cuandoa fs. 949 admite su ingreso aunque "con una distribución espacial y temporal diferente con respecto a la ocurrida, ya que los recorridos indicados deberían haber
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Año: 1993, CSJN Fallos: 316:1379 
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