315 .
a) Los documentos obran en inglés técnico y sin traducir. Ello implica .
violación al art. 5to., primera parte, de la Convención de Montevideo de 1933.
b) El simple diccionario extranjero fue entronizado como ley aplicable.
€) Se prescindió de los peritos necesarios según las normas procesales vigentes, pues los nueve primeros renglones de fs. 530 son traducción libre de la página 443 del diccionario invocado, y esa traducción es violatoria del derecho a contar con el perito de parte (fs. 542 vta.).
Ninguna de tales protestas puede ser recibida favorablemente porque:
a') Los documentos fotocopiados (drafts), no resultan requisito indispensable para la procedencia de la extradición, pues cl art. Sto., en relación a procesados sólo exige: 1) copia auténtica de la orden de detención emanada de juez competente; 2) una relación precisa del hecho imputado; 3) copia de las leyes penales referentes a la prescripción de la acción o de la pena; 4) filiación y demás datos personales que permitan identificar al individuo.
Todos estos datos están expresados originalmente en español. La falta de traducción de los "drafts" no puede afectar la extradición cuando ni siquiera era necesaria su agregación según el tratado (confr. mutatis mutandi Fallos: 235:414 ). b') No hay objeción a que en el caso los jueces hayan recurrido a un diccionario extranjero para traducir el concepto de "draft", porque los jueces pueden examinar de oficio las traducciones (asf lo hizo esta Corte en Fallos: 272:283 y en la causa W.31.XXIII. "Weissgiirber, Whilhelm s/extradición", resuelta el 24 de septiembre de 1991).
Aquí no hubo traducción por perito, ni ésta fue exigida por las partes; entonces, los jueces estaban facultados para hacerla de oficio con el fin de .
investigar el derecho extranjero no probado por las partes (art. 377, último párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).
€e') La parte se agravia de que se prescindió de peritos, pero no demuestra haberlos propuesto y que se le haya denegado la prueba, ni menos aún
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:591
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