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Fallos: 315:2190 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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mientos Médicos, Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales y Cuerpo de Peritos Calígrafos Oficiales, respectivamente, 2") Abrir, en el ámbito de la Dirección General Pericial.del Tribunal, sito en Sarmiento n° 877, piso 12, Capital Federal, un "REGISTRO DE ASPIRANTES" de aquellos que deseen ingresar a los cuerpos técnicos periciales en cargos que exigen título habilitante para su cobertura, quienes al momento de su inscripción deberán denunciar su domicilio real y el constituido dentro del radio de la Capital Federal, al que serán notificados de los llamados a concurso que se produzcan. . .

3") Disponer que la falta de inscripción en el registro creado en el punto anterior no impedirá participar de los procedimientos de selección a quienes manifiesten su voluntad de presentarse a concursar antes del cierre de la pertinente inscripción.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.- Ropor.ro C. BARRA - Carlos S.

FAYr - Augusto CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JULIO S. NAZARENO.

Claudio Marcelo Kiper (Secretario).


CUERPOS TECNICOS PERICIALES.
N° 63En Buenos Aires, a los 14 días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y dos, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente, .

CONSIDERARON: .

Que esta Corte resolvió dejar sin efecto la acordada del 19 de junio de 1961, registrada en Fallos: 250:5 y, en consecuencia, retomar la superintendencia de los cuerpos técnicos periciales (Acordada n° 10/91). A su vez, se creó la Dirección General Pericial para la supervisión de dichos organismos y del Servicio de Reconocimientos Médicos (Resolución n° 969/91).

Que, posteriormente, se estableció un programa para permilir la concurrencia de profesionales egresados de universidades nacionales y privadas para desempeñarse en los cuerpos técnicos en forma no remunerada, para realizar tareas de investigación Acordada n° 42/92). Que, por otra parte, la reciente implementación del proceso penal oral exigirá una intervención cada vez mayor de los cuerpos técnicos periciales. .

Que, además de lo expuesto, las Secretarías de Superintendencia del Tribunal se enfrentan a la existencia de numerosos pleitos de suma trascendencia institucional y económica, lo que torna necesario una supervisión especial.

- .

z . .

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2190 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-2190

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