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Fallos: 315:2188 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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transitorio (en los rubros "puntualidad" y "asistencia") se otorgará un total de diez (10) puntos; y c) Por la antigiiedad de los postulantes como adscriptos en el Poder Judicial se computará medio punto (1/2) por año o fracción no menor de seis meses, hasta un máximo de cinco (5) puntos. Estos puntajes se promediarán a fin de obtener la calificación final, la que será de uno (1) a diez (10) puntos. No se admitirán impugnaciones de ninguna índole. El orden de méritos resultante de la calificación final tendrá vigencia para las vacantes de auxiliares principales de sexta que se produzcan dentro de los doce meses inmediatos siguientes a la fecha de la prueba de suficiencia, pudiendo ser designados quienes figuren en él siñ necesidad de convocar a una nueva prueba de suficiencia".

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el Jibro correspondiente, por ante mí, que doy fe.- RICARDO LEVENE (11) - MARIANO Augusto CAVAGNA MARTÍNEZ - Roporro C. Barra - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Junio S. NAZARENO - EDUARDO MoLiNÉ O'Connor - ANTONIO BocGIano. Claudio Marcelo Kiper (Secretario).
CAMARA NACIONAL ELECTORAL. DESIGNACIONES DE PERSONAL.
N" 59-

En Buenos Aires, a los 14 días del mes de julio del año mil novecientos noventa y dos, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON: .
1 Que por acordada n° 60/90 de fecha 30 de octubre de 1990, el Tribunal hizo .

saber a la Cámara Nacional Electoral que debía instrumentar un sistema en virtud del cual las vacantes que se produjeran en dicha cámara y en las secretarías electorales del interior del país debían ser cubiertas por el personal perteneciente al Ministerio del ° Interior, que se encuentra adscripto al Poder Judicial, de acuerdo a las reglamentaciones . vigentes. . .

2) Que al respecto, el art. 11 del Reglamento para la Justicia Nacional (texto conforme acordada 51/85), exige tener estudios secundarios completos para la designación.

3 Que además, el punto 6° de la acordada del 3 de marzo de 1958 (Fallos:

240:107 ) establece que las designaciones de personal que ingrese a la administración de justicia tendrán carácter provisional por el término de seis meses desde la fecha del nombramiento. .

4) Que por tratarse de personal que se ha desempeñado en forma efectiva durante varios años cumpliendo tareas en el fuero parece justo, a título de excepción, permitir su incorporación a-la planta permanente sin exigirle el cumplimiento de los requisitos enunciados en los considerandos anteriores,

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2188 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-2188

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