. 1) ADMINISTRACION CENTRAL .
Inciso 1 Personal - $ 493.700.000.- .
Do Inciso? .
Bienes de consumo $ 9.386.000. Inciso 3 Servicios no personales $ 34.862.000.Inciso 4 — Bienes de Uso $ 60.762.000. Inciso 5 Transferencias $ 9.513.000. S ° 608.223.000.2) CUENTAS ESPECIALES .
Inciso2 Bienes de consumo $ 13.250.000. Inciso 3 - Servicios no personales $ 14.050.000.Inciso 4 Bienes de uso $ 9.200.000.- .
. $ 36.500.000.- TOTAL GENERAL $ 664.723.000.2) Aprobar las planillas de distribución de créditos correspondientes al Plan Analíticode Trabajos Públicos elaborado por la Subsecretaría de Administración, que forma parte de esta Acordada y que serán suscriptas por el señor Secretario del Tribunal.
3) Poner en conocimiento de los Poderes Ejecutivo y Legislativo que las cifras correspondientes a la justicia penal oral serán remitidas en oportunidad de contarse con la pertinente ley de implementación. _—4) Propiciar la modificación del artículo 2° de la ley 23.853 con arreglo a lo señalado en el considerando XI de la presente, por el siguiente texto "Los recursos de Rentas Generales se conformarán con el equivalente del tres y medio por ciento (3,5) de los recursos tributarios y no tributarios de la Administración-Central, más el aporte que anualmente incluye el Poder Ejecutivo Nacional en el Presupuesto General de la Administración para los rubros construcciones y/o bienes preexistentes, de acuerdo al presupuesto preparado por la Corte Suprema de Justicia.
Compartir
66Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1133
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-1133¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 315 Volumen: 2 en el número: 23 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
