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Fallos: 312:1545 de la CSJN Argentina - Año: 1989

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Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Enrique Santiago Petracchi, el señor Vicepresidente doctor don Augusto César Belluscio y los señores Jueces doctores don Carlos S. Fayt y don Jorge Antonio Bacqué. . Consideraron: - 1) Que a rafz del trámite impuesto al expediente de superintendencia judicial S.

1336/89 este Tribunal tomó conocimiento, el 5 de septiembre último, del contenido de la acordada 4617/87 dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza el 19 de mayo de 1987 (fs. 5 vta. y 11 del expediente citado).

2) Que por esa acordada la Cámara fijó un régimen para la designación, calificación y ascenso del personal de su jurisdicción, valorando sus aptitudes por pruebas de evaluación rendidas ante un tribunal examinador integrado "...por un juez de cámara, un juez de instancia de distinta jurisdicción y un secretario" (art. 12).

8) Que a criterio de este Tribunal corresponde modificar el texto del artículo en tanto pueda originar viajes de magistrados o funcionarios fuera del asiento habitual de sus tarcas sin otro motivo más que el indicado, con la consiguiente erogación en concepto de viáticos (confr. doct. acordadas 25/88, 12/89 y 27/89), circunstancia que no se produce si se dan los motivos indicados a fs. 4 del exp. 1336/89.

Acordaron: . 1) Aprobar parcialmente la acordada 4617/87 dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza el 19 de mayo de 1987.

2) Modificar cl art. 12 en el sentido de que el tribunal examinador constituido para evaluar a los empleados deberá estar compuesto por magistrados y funcionarios que residan en el lugar en el que la prueba tenga lugar, salvo que sus integrantes sean magistrados o funcionarios de la mencionada Cámara y que la prueba se tome en oportunidad del viaje de inspección anual que realicen a los juzgados de su dependencia.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en — el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.— Enrique Savtiaco Persaccin — AUGUSTO César Berzuscio — Cantos S. Favr — Jonoz Antonio Bacqué. — CUERPOS TECNICOS PERICIALES. MODIFICACION DE ACORDADA SOBRE
DURACION DE DECANOS Y VICEDECANOS.
- —N64— Buenos Aires; a los 7 días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y nueve, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunial, el señor Presidente de la Corte

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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:1545 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-1545

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