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Fallos: 311:97 de la CSJN Argentina - Año: 1988

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se señaló que si bien el contrato de mutuo celebrado entre el actor y el demandado —situación análoga a la del presente caso— implicó para éste la obligación de dar una sumá de dinero expresada en pesos argentinos cuyo curso se inició con anterioridad a la entrada en T—_ vigencia del decreto y venció después, cabía concluir que el capital depositado por el actor mal podía contener en su monto expectativa inflacionaria alguna, ya que permaneció invariable hasta el momento en que debía ser restituido. En tales condiciones, estimo que también en este aspecto corresponde hacer lugar a los agravios del apelante.

Por las razones expuestas, opino que debe revocarse la sentencia apelada y disponerel dictado de un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina que V.E. establezca en el caso (art. 16, 1° parte, de la ley 48). Buenos Aires, 26 de noviembre de 1987. Andrés José D'Alessio.

— FALLO DE LA CORTE SUPREMA - . _ Buenos Aires, 11 de febrero de 1988.

Vistos los autos: "García Vázquez, José M. e/ Zupo, José L. y otra s/ ejecutivo-hipoteca". - - .

Considerando: ..

Que esta Corte comparte y hace suyas las consideraciones vertidas por el señor Procurador General en el dictamen precedente, a las que se remite por razones de brevedad. . > . Por ello, se deja sin efecto el pronunciamiento recurrido en cuanto fue materia de recurso, con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte uno nuevo con arreglo .

al presente. . - . - — José SEvVero CABALLERO — AUGUusTo César BeLLuscio — CArLos S. FAYT . - . AVENIDA SANTA FE 1818 S.R.L. v. PETIT-BAR RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Excliu _sión de las cuestiones de hecho. Marcas y patentes. . - .

Lo atinente a la confundibilidad de las marcas o de los nombres comerciales - - remite al examen de un aspecto fáctico propio de los jueces de la causa y ajeno al

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:97 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-311/pagina-97

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