hectárea (fs. 35). En 1911, un nuevo informe reitera las dificultades de la colonia (fs. 35/37).
79) Que esas perspectivas no mejoran en informes posteriores. En 1 1913 se destacan los pocos adelantos: la seguía y Jas difíciles comunicaciones crean graves dificultades. Estas últimas son una barrera insalvable para el productor y se reitera la necesidad de que llegue el ferrocarril; en 1915 el inspector informa que no ha encontrado "un solo concesionario, vecino o intruso que no esté perfectamente de acuerdo con manifestar que son perégrinas, antojadizas e ininteligibles las opiniones que en sentido favorable pueden hacerse referente a la aptitud de estas tierras". La mitad de la colonia se ve inundada —agrega— por "los continuos desbordamientos del río Atuel y del arroyo Butaló" (fs. 40). A ello se une la escasa calidad de las pasturas naturales y la condición salobre de aquellas aguas. .
80) Que para 1920, cuando ya se alude a desvíos del curso, la Colonia "se encuentra casi en su totalidad baldía" (fs. 42). Difrieri .
también cita este informe que señala que el Atuel sufre derrames "por los embalses continuos que efectúan en la provincia vecina" Mendoza). La Comisión de la Inspeción General de Tierras que realizó la inspección considera oportuna la celebración de convenios entre el gobierno nacional y Mendoza para aprovechar el riego y aconseja "la creación de un pueblo en el paraje de Santa Isabel donde hay bastante población diseminada en puestos pastoriles con pequeños cultivos de consumo local" (fs. 182). Para ese entonces, la superficie cultivada con riego del Atuel en Mendoza, alcanzaba a 48.625 ha fs. 188).
Por último, cabe señalar que en 1934, como consecuencia de desvíos del curso de agua que motivan la protesta de algunos vecinos, la Dirección Nacional de Irrigación, que "no tiene ningún antecedente sobre el aprovechamiento de agua para riego en el territorio de La Pampa", considera oportuna la propuesta de levantar un censo de usuarios. Las comisarías de Algarrobo del Aguila y Santa Isabel son las encargadas de efectuarlo: la primera sólo registra a Fidel Páez y Marcelino Zuñiga, "únicos posesionarios de tierras"; la segunda a Sisto Pereyra, Eleno Casenave y Aníbal del Río. :
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2541
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