868 - FALLOS DE LA CORTE SUPREMA a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, que actuaba bajo el comando operacional- del Primer Cuerpo de Ejército.
Las circunstancias, características y modalidad de la incursión er que fueron aprehendidas Ceci de Rainero y sus dos restantes amigas, demostrativas de un accionar homogéneo y generalizado en ese tipo de intervenciones, la ausencia de todo tipo de formalidad, Ja violencia desmesurada y carentc de sentido que rodeaba el procedimiento, las amenazas indiscriminadas, y la total certeza por parte de ese grupo de no ver impedido su accionar por la intervención de alguna otra autoridad pública, se erigen en un antecedente que otorga a los dichos prestados por Ceci de Rainero ante la CONADEP singular relieve y valor indiciario. En ellos, la damnificada expresa que luego de su detención fueron conducidas al sitio que luego supo » se Jlamaba "Arana", lo que se conjuga con la reconstrucción del camino tomado por los secuestradores que efectuara Neri A. Lebcd por indicaciones de ésta y de Polenta luego de ser liberadas.
"Susana Mabel Ceci de Rainero recuperó su libertad el día 10 de octubre de 1976. .
Tal es lo que surge de los dichos del precitado Neri A. Lebed, concordante con la manifestación efectuada a fs. 9 del expediente ya citado. .
Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a Susana Mabel Ceci de Rainero fueron desarrollados de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho Ne 146.
CASO Ne 248: SILVA, NESTOR EDUARDO (h) El señor Néstor Eduardo Silva (padre), declaró el 14 de mayo de 1984, en el caso Ne 9743 de la CONADEP —Tucumán—, que su hijo Néstor Eduardo había sido secuestrado el 22 de septiembre de 1976, por un grupo de diez personas armadas que se encontraban parte de civil y otras con uniformes. — ' " A
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:868
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