Como corroboración de lo expuesto baste señalar que idéntica situación se plantea con Roberto Oscar Arrigo (ver caso 367), quien a estar a las constancias incorporadas al proceso, fue detenido pocos días antes que Zanzi —22 de julio de 1978—, fue involucrado en la misma actuación militar y obra a su respecto un certificado judicial del que surge que el 9 de agosto de ese año fue presentado un recurso de hábeas corpus en su favor. Obviamente que tal dato —.
aventa toda posible suspicacia acerca de la fecha de la detención.
Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a Rolando Alberto Zanzi Vigoroux fueron desarrollados de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho Ne 146.
° CASO N° 369: MACHADO, DARIO EMILIO Está probado que el periodista Darío Emilio Machado fue privado de su libertad el día 12 de agosto de 1978, aproximadamente a las 24 horas, de su domicilio ubicado en Juan B. Justo 516 de la localidad de Florida, Provincia de Buenos Aires, por un grupo armado que dependía del Ejército Argentino.
Tal circunstancia es relatada por la propia víctima en la audiencia y en la causa N° 1800 del Juzgado Penal N° 7 de Morón, caratulada: "Fiscal Armando Benet s/denuncia" —conf. fs. 106— donde refiere que el hecho se produjo cuando regresó a su casa, notando que ésta estaba ocupada por aproximadamente doce personas vestidas de civil, las que dijeron pertenecer a la Policía, quienes para .
ingresar forzaron la puerta de acceso. Luego de ser interrogado so bre sus actividades políticas fue conducido a un centro de detención, lo que aparece corroborado por el testimonio de varias personas, a las que más adelante se-hará referencia. A Darío Emilio Machado se lo mantuvo clandestinamente en cautiverio en el lugar de detención denominado "El Vesubio" que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército.
Ello surge de los propios dichos de la víctima quien afirma que se enteró de esta circunstancia a través de sus captores. Agre
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1055
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